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¿LIBERTAD POR UNA DECLARACIÓN TRANSCRITA EN LUGAR DE GRABADA?

 
Hasta el día de hoy pensábamos que cuando alguien era detenido por un delito y el Juez le tomaba declaración, ésta se realizaba de manera transcrita, sin necesidad de grabarla (aunque también se haga) y con ello se daba por bueno lo que ahí exponía el detenido.
 
Ahora resulta que el hábil abogado defensor de Bernardo Montoya, ese que S-U-P-U-E-S-T-A-M-E-N-T-E llevó a cabo en Huelva el crimen de la joven profesora zamorana Laura Luelmo, solicita que Montoya sea puesto en Libertad Provisional porque en la primera declaración que éste realizó ante la Juez y en la que se inculpó de dicho crimen, no fue grabada sino solamente transcrita, por lo que, según él, "la transcripción de esa declaración -que es con lo que se cuenta- es válida para agilizar y facilitar consultas pero no como medio de prueba, para ello, sólo se reconoce el soporte digital o multimedia".
 
Este abogado, Miguel Rivera, asegura que, dado que su cliente se retractó de lo dicho declarándose inocente en las siguientes declaraciones, esta primera declaración no es válida en base a la Jurisprudencia existente de la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
 
O sea, que Montoya se declara culpable del crimen de la joven en su primera declaración que es transcrita por la secretaria del Juzgado a preguntas de la Juez, pero en las siguientes declaraciones grabadas y transcritas se retracta de lo dicho y asegura ser inocente y, que por dicho “defecto de forma”, el abogado defensor solicita que su cliente ha de ser puesto en Libertad Provisional.
 
A esta petición se le dará traslado a la Fiscalía y a la Acusación particular para que formulen las respectivas alegaciones a fin de que la Juez decida la postura a tomar, aunque el mismo Rivera estima que no prosperará su solicitud.
 
Siempre han sido válidas las declaraciones transcritas por la secretaria del Juzgado, por lo que no tenemos claro que esto sea un ardid del Abogado Defensor para sacar a su defendido en Libertad Condicional o cuenta con Jurisprudencia suficiente para estimar el Recurso de la Defensa.
 
Esperemos que en este caso no prosperé por lo que este caso conlleva y por haber una declaración inculpatoria que así lo avala.
 

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