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PADRE DESCONSIDERADO AUNQUE INTERESADO

 
Nos topamos con otro fallo rotundo y humano del Tribunal Supremo.
 
Un padre, cuyo hijo sufrió a los 15 meses una meningitis que le dejó como secuela una parálisis cerebral, quedando por ello dependiente de una persona, solicitó a la muerte de este su condición de heredero, dado que su hijo fallecido no dejó descendientes.
 
Pero el Alto Tribunal ha dicho que nones confirmando la incapacidad de este padre para heredar, ya que desde el momento en que el menor sufrió la enfermedad, su progenitor lo abandonó de “manera grave y absoluta”, quedando acreditada dicha actuación, además de incumplir parte de sus obligaciones con relación a la pensión alimenticia en vida de su hijo, por lo que el Supremo habla de “I-N-D-I-G-N-I-D-A-D” ante la petición del padre.
 
Pero lo que más reprochan los Magistrados a este persona, es que desde el año 2007 hasta el 2013, momento en que el hijo fallece, éste careció de una referencia paterna, de cariño, afecto y los cuidados propios de un padre para con su hijo, y todo ello sin causa justificada.
Aunque más grave aún es el hecho que el hijo enfermo y dependiente necesitara, aún más si cabe, de unos cuidados especiales de su padre, no solo de los habituales en una relación paterno filial "normal".
 
Todo esto deriva de una demanda que interpuso la madre contra el padre para evitar que este pudiera heredar debido al abandono sentimental y material de este para con su hijo, demanda que el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Avilés desestimó arguyendo que el abandono no quedaba demostrado, dado que el progenitor sí realizó algunos pagos de alimentos.
 
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Oviedo da la razón a la madre, a la vez que el Tribunal Supremo desestima el recurso del progenitor a este último fallo en base a todos los argumentos anteriormente descritos y a un documento privado firmado por el padre unos meses antes del fallecimiento del niño donde aseguraba que "nunca fue para mí un hijo querido ni deseado, olvidándome y desentendiéndome completamente con él".
 
La sentencia del Alto Tribunal no puede ser más ajustada a derecho y, en especial, al lado humano del caso, donde no se concibe que un padre abandone a un bebé por una enfermedad incurable y que cuando este muere años después, trate de hacerse con una herencia que ni merece ni le corresponde por su actuación.
 

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