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SI TE SUBYUGO Y TE GOLPEO, SI; SI SOLO TE GOLPEO, NO

13/9/2012

SI TE SUBYUGO Y TE GOLPEO, SI; SI SOLO TE GOLPEO, NO

Interesante sentencia a un acusado de golpear a su ex mujer en la boca por el que se le condena a seis meses y un día de prisión por un delito de lesiones en el ámbito familiar.

Pero no entiende dicha sentencia que se le pueda aplicar el agravante de violencia de género, ya que para considerar este apartado, tendría que haber existido la dominación, la subyugación o el machismo de por medio, situación que el tribunal no considera en el caso que nos ocupa.

Es decir, puedo golpear a mi cónyuge, pareja o ex del tipo que sea, mientras el acto lo realice con rabia y no con ánimos de dominio, machismo o sumisión.

Lo uno, tan solo es delito de lesiones, lo mismo que si le sobaras el hocico a un menda en la calle; lo otro, agrava el delito en algún grado sumándole el de violencia de género.

¡Ojo al dato! Todo depende del origen y motivaciones de la discusión.

http://www.legaltoday.com/blogs/transversal/blog-revista-aranzadi-doctrinal/golpear-a-su-esposa-en-la-boca-acto-denigrante