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EL PERMISO PENITENCIARIO, ¿UN DERECHO DEL PRESO?

30/8/2013

EL PERMISO PENITENCIARIO, ¿UN DERECHO DEL PRESO?

Pues no, ya que la Ley es subjetiva y su interpretación abierta a los diferentes criterios.

Y aunque en España la concesión de un permiso ha de pasar por diferentes trámites, la negación de la solicitud de un permiso por parte de las Autoridades Penitenciarias cuenta con la opción del Recurso ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria.

No por ello un Permiso Ordinario de Salida ha de ser otorgado por Ley, ya que las variables de su Condena, el Tiempo cumplido, su Historial Penitenciario, su Vinculación Familiar en el exterior y otras variables, son las que deciden a nivel Penitenciario y Judicial, si un interno tiene el derecho y la “preparación” para disfrutar de dicha salida

Por ello, que no se lleven a engaño los que pretenden que los Permisos de Salida y demás Beneficios Penitenciarios les han de ser concedidos automáticamente al cumplir los tiempos estipulados.

De ahí que insistamos de lo subjetivo de la Ley.

http://www.legaltoday.com/blogs/transversal/blog-revista-aranzadi-doctrinal/permiso-penitenciario-derecho-subjetivo