Submitted by jorge on Tue, 07/04/2015 - 12:30
Por fin se está legislando al respecto… y condenando por permitir el “Revenge Porn”.
No se debe aceptar que una persona o grupo de personas creen una web donde cualquier “amante despechado” pueda colgar fotos, vídeos u otro soporte aireando las intimidades de su ex pareja. Nos parece deleznable, cutre y condenable.
Por ello, nos adherimos a la campaña en contra de estas prácticas tan comunes y extendidas en los últimos tiempos.
Y parece ser, que algunos países ya están tomando cartas en el asunto y legislando al respecto, tal es el caso de los Estados Unidos, donde un juez ha condenado a Kevin Bollaert, administrador de una de estas webs, y de otra que, de manera taimada, cobraba a las perjudicadas una cantidad por borrar esos documentos gráficos, los mismos que se descargaban en la primera página, a 18 años de cárcel en una sentencia ejemplarizante.
La victimas de tales desmanes han padecido todo tipo de acoso, comentarios sociales y problemas laborales que han derivado en daños emocionales, ansiedad, crisis nerviosas, cambios de domicilio, etc.
En España se está adecuando la legislación a este tipo de acción, y ya existen penas si los inductores de estas prácticas son cónyuges o parejas sentimentales.
http://www.huffingtonpost.es/2015/04/05/porno-venganza-carcel_n_7007078.html?