Submitted by jorge on Wed, 03/10/2012 - 09:01
Por fin llegan excelentes noticias de los Tribunales.
Una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, de fecha 22 de diciembre de 2010 que colgamos en nuestro Facebook en su día y en donde se condenaba a un individuo a dos años por el contagio del Sida a su pareja, ha sido recurrida por la acusación particular y estimada por el Tribunal Supremo, elevando la condena a nueve años y un día.
Para ello, el TS entiende, que el acusado mantuvo relaciones sexuales con su pareja sin advertirle de ser portador del virus del SIDA ni haber utilizado un preservativo en el momento del acto, por lo que no se trata de una imprudencia, sino de una acción consciente de producir un contagio de esta enfermedad mortal.
Y no cabe el derecho a la intimidad, cuando lo que está en juego es el derecho a la vida de su pareja.
Por fin nos quitamos el sombrero ante una condena ajustada a derecho, y no a los intereses de unos cuantos.
http://www.legaltoday.com/blogs/transversal/blog-revista-aranzadi-doctrinal/pontelo-ponselo