Submitted by jorge on Wed, 08/03/2017 - 06:51
¿Hasta dónde llega la Libertad de Expresión y desde qué momento comienza a considerarse delito la Ofensa Religiosa?
Tema peliagudo y difícil de evaluar, dado que dependiendo del carácter religioso de cada cual, de la doctrina que profese o de su actitud ante la vida, lo que unos consideran una blasfemia otros lo aprecian como una expresión artística o una manera de considerar ciertas costumbres sociales con una visión diferente.
Todo esto viene al hilo del espectáculo que protagonizó la semana pasada Borja Castilla, también llamado en el Carnaval de las Palmas de Gran Canarias Drag Sethlas, y que ganó la gala como Drag Queen interpretando a la Virgen que con posterioridad se transforma en el Cristo Crucificado que a su vez pronuncia frases como,"¿quieres mi perdón? Agáchate y disfruta".
Por todo ello, la Fiscalía ha abierto diligencias a instancias de la Asociación de Abogados Cristianos por “rebasar los límites de la libertad de expresión para incurrir en unos hechos tipificados en el Código Penal como delito, que por ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, se hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican".
El Drag Queen dice en su defensa que solo deseaba provocar, no herir los sentimientos de nadie, por lo que nos preguntamos, ¿dónde está el límite entre lo legal e ilegal?, ¿quién define la sutil línea entre opinar, ofender o delinquir?
http://www.publico.es/sociedad/fiscalia-diligencias-drag-sethlas.html