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“ESTO ES UNA BROMA”

 
Es lo que aseguró un imputado por acoso sexual en el trabajo en referencia al hecho, aunque una vez condenado rectificó y aseguró que la condena sí “que no era una broma”.
 
Si bien en los últimos tiempos se ha desencadenado en los Estados Unidos una verdadera caza de brujas por los diversos casos de acoso sexual aparecidos, aquí en España hay muchas mujeres que no denuncian dichos acosos “menos trascendentes” pensando que nadie las va a escuchar o que harán el ridículo en público por una aparente minucia.
 
Pues no, en el acoso sexual no hay minucias y cuando se es acosado en la calle, el hogar o en el trabajo, hay que denunciar, por muy “insignificante” que sea el caso.
 
Lo que en un principio pensábamos que se trataba de un caso sin importancia, una vez leído el artículo con más detenimiento, vimos que de minucia, nada -ya que así lo titulaban, “por un beso interpuso una denuncia”-, sino que era un caso de acoso sexual laboral en toda regla y, además, grave.
 
Un administrativo de una empresa acercó en coche a una compañera de trabajo a su casa, besándola en la boca de manera intensa y tocándole las piernas una vez llegados al destino, a lo que ella trato de oponerse.
 
El caso es que por dicho motivo, ella padeció, según un informe médico forense posterior, un trastorno depresivo reactivo, dormía con dificultad y acudía con desgana al trabajo.
 
Pasado un mes y viendo que su situación psíquica no mejoraba, se decidió a denunciar el caso por lo Penal y, tras el Juicio Penal donde se acreditaron los hechos, interpuso una Demanda de Responsabilidad Civil ante el Juzgado.
 
El Juez falló a su favor y condenó al acosador al pago de 21.288,93€ más intereses.
 
Sin embargo, acosador y víctima recurrieron a la Audiencia Provincial, que sentenció nuevamente a favor de la acosada y aumentó la indemnización a 28.075,30€ más intereses.
 
Según la Audiencia Provincial de Huesca, el caso “supone una vulneración de los derechos a la libertad sexual, a la dignidad, a la intimidad de la persona y de otros derechos fundamentales”.
 
Por lo tanto, no hay acoso sexual light, ya que todo acoso y si la acción va en contra de la voluntad de la otra persona, es grave y hay que denunciarlo.
 
Ya no estamos en la España de mediados del siglo XX, donde una mujer agredida acudía a una comisaría a denunciar un caso y los agentes le contestaban que regresara a su casa, que algo habría hecho para merecer esa “bofetada".
 

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