Submitted by jorge on Thu, 11/08/2016 - 06:48
El Tribunal Supremo ha confirmado la expulsión del cuerpo de un Funcionario de Prisiones que en 2003 cortó la coleta a un recluso aquejado de esquizofrenia paranoide y residente en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla (que junto al de Alicante son los dos únicos hospitales psiquiátricos penitenciarios de España)
El 8 de septiembre de 2003, este funcionario entró en la sala de televisión de este centro hospitalario penitenciario y sin motivo aparente se dirigió a este interno enfermo y lo conminó a cortarse la coleta por “ser propio de maricones”, a lo que el amenazado se opuso. El funcionario tomó una navaja de su garita y a la fuerza le cortó la coleta, amenazando al resto de internos con mantener silencio bajo amenaza de matarlos, lo que provocó un gran revuelo en el módulo; el Jefe de Servicios calmó la situación enviando al funcionario a trabajar a otra zona del centro.
Por este motivo, el Juzgado de lo Penal 9 de Sevilla lo condenó a 6 meses de prisión e inhabilitación especial “para el empleo o cargo público por dos años, por delito contra la integridad moral de un interno”.
En 2010 fue readmitido como funcionario de prisiones y trabajó 4 años hasta que el Ministerio del Interior anuló el ingreso porque se había realizado sin el procedimiento debido, motivado, por otro lado, por otro expediente disciplinario que le incoaron al susodicho funcionario debido a una conducta irregular que tuvo con una funcionaria.
El funcionario sancionado volvió a pedir su readmisión, pero el Consejo de Ministros en 2015 denegó su rehabilitación como funcionario alegando que “hubo perjuicio al servicio público por la actuación del recurrente, que los hechos fueron graves, y que hubo relación directa entre el delito y el desempeño del cargo, a lo que se unió un informe desfavorable de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias”.
Y ahora el Tribunal Supremo vuelve a rechazar un nuevo recurso del ex funcionario contra el acuerdo del Consejo de Ministros porque, según la sentencia, "resulta clara la relación del delito con la función pública que desempeñaba el recurrente y, también, es evidente su gravedad no sólo por la conducta en sí misma sino porque la llevó a cabo quien, por la posición en que se encontraba y por la del interno cuya integridad moral agredió, tenía un especial deber de respetarla”.
Nos satisface que no sean siempre los Funcionarios de Prisiones quienes logran el apoyo y el favor de los Órganos Judiciales y Penitenciarios.