Submitted by jorge on Thu, 17/10/2019 - 06:43
Aunque parezca que se trata de una tontería, de un delito de “andar por casa”, el Acoso Telefónico es grave y acaba con la privacidad y la vida de cualquiera.
A este Acosador, el Juzgado de Instrucción nº 3 de Siero le había dictado un auto en febrero de 2017 por el que se le prohibía acercarse a su ex pareja a menos de 200 metros, así como a su domicilio o lugar de trabajo, o comunicarse con ella por cualquier medio, a pesar de lo cual y durante meses, la llamó un promedio de 10 veces al día hasta que la acosada denunció el hecho en julio de 2018.
Por ello la Fiscalía lo acusó de un delito continuado de Quebrantamiento de Medida Cautelar, por lo que solicitaba una pena de 1 año de prisión, prisión que no se ha concretado, ya que Fiscalía y Abogado Defensor llegaron a un acuerdo para que el imputado aceptara una pena de 9 meses de cárcel sin entrar en ella, no delinquiera en el lapso de 4 años y realizara trabajos en beneficio de la comunidad durante 3 meses.
Como decíamos, a pesar de la apariencia “light” del delito, los acosadores acaban destrozando la vida de sus víctimas que, habitualmente, suelen ser exparejas, ya que cuentan con el conocimiento para saber que por acosar telefónicamente las penas son ridículas y, si en este caso es condenado a una pena de cárcel, es porque ha reincidido y ya contaba con una causa anterior; en caso contrario, apenas le caería una Multa o una Amonestación.