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10 julio de 2012 por Josune Murgoitio
La sentencia de Estrasburgo impacta en España/ Ayuntamiento Vitoria. J.M
El Tribunal de Derechos Humanos condena a España por haber aplicado la denominada doctrina Parot a la etarra Inés del Río Prada. El Tribunal insta al estado español a que la ponga en libertad y sea indemnizada con 30.000 euros por daños morales. Por su parte, el ministro del Interior Jorge Fernández adelanta que la sentencia será recurrida. La noticia se conoce un día después de que la organización terrorista ETA haga público un último comunicado que denuncia “la estrategia de paralizar y obstaculizar el proceso de paz ” por parte de los estados español y francés.
La irretroactividad de leyes
Por una parte, la validez jurídica de la Doctrina Parot. Se trata de una interpretación que el Tribunal Supremo realiza para impedir la puesta en libertad de presos etarras; se pasa de aplicar los beneficios penintenciarios sobre el máximo legal de la condena (en este caso 30 años) a la totalidad de la condena (3.000 años en el supuesto de Inés del Río Prada). Uno de los principios esenciales del derecho y, mandato general del derecho procesal penal, radica en la irretroactividad de la aplicación de las leyes, a excepción de que sea favorable para el acusado: “toda persona a la que se impute un delito o falta, será procesada conforme a las leyes preexistentes al hecho delictivo de que se trate”.
España suscribe el Tratado internacional que le obliga al respeto de derechos y obligaciones que lo conforma, por lo que apreciado su incumplimiento por parte del Tribunal, la sentencia debe ser ejecutada (aplicabilidad y efecto directo).
El Comité contra la Tortura de Naciones Unidas también le llamó la atención a España/ Mondragón. J.M
¿Quién sobrevive 3.000 años en una cárcel?
Frecuentemente escucho: “la condenan a 3.000 años y solo cumple 18″. Por poner el ejemplo de este mediodía. El ciudadano acaba cuestionando la eficacia del sistema judicial español, por supuesto criticable en muchos de sus aspectos, pero en éste no lo comparto. El uso del término presunto en los medios también me pone muy nerviosa, pero hoy me centraré en esta sustanciosa condena de 3.000 años.
El análisis de una información acaecida el pasado 13 de septiembre de 2010 servirá como ejemplo y puede proyectarse a este caso. “Condenado a 83 años de cárcel el ex jefe militar de ETA Gorka Palacios” titulaba una de las grandes cabeceras de España. En otros medios, también aparecía la cifra de 83 años de condena.
Gorka Palacios fue el primer detenido tras el comunicado de ETA que declaraba “el cese de las acciones ofensivas”, antes de que comenzara el nuevo escenario político en Euskadi (PDF). La Audiencia Nacional consideró que Palacios robó el vehículo, posteriormente cargado con una gran cantidad de metralla por los etarras Ana Belén Agues Gurrutxaga y Aitor García Aliaga para atentar en junio de 2001 en la calle Ocaña frente al Ministerio de Justicia (Madrid). El policía Luis Ortiz de la Rosa falleció en el atentado, numerosas personas resultaron heridas y se produjeron diversos daños materiales. La sentencia también consideró probado que Palacios recabó la información necesaria sobre el lugar de los hechos y ayudó a la confección del artefacto explosivo.
Pancartas instituciones exigen disolución de ETA/ Vitoria-Gasteiz. J.M