Submitted by jorge on Tue, 21/11/2017 - 06:43

…según los Jueces Belgas.
Es llamativo, por no decir, incongruente o demencial, que la Justicia Belga solicite a la Justicia Española información sobre el Sistema Penitenciario Español y sus prisiones, cuando el que tiene Bélgica es tan obsoleto, que han de alquilar celdas y prisiones a Holanda por la sobreocupación de las prisiones belgas, además de lo anticuadas y mal mantenidas que se encuentran.
Algunas de las preguntas solicitadas son propias de personas desinformadas e ignorantes:
• ¿En qué cárcel quedarán encerrados?
Nuestra respuesta: En Estremera o cualquier macrocárcel española, moderna y mejor equipada que una prisión belga.
• ¿Las circunstancias de detención en estas cárceles son de conformidad con la Convención Europea de Derechos Humanos?
R: No, son propias de una República Bananera radicada en Europa (nuestra respuesta irónica)
• ¿Cuáles son las dimensiones de la celda? ¿Cuál es el espacio vital individual?
R: Las celdas cuentan con unas dimensiones de 12 mt2, mientras las belgas entre 6 y 8 mt2.
• ¿Hay acceso suficiente y regular a equipamiento sanitarios, duchas, etc.? ¿Qué tal es el acceso a la asistencia médica?
R: Hay ducha en cada celda además de duchas en los patios. Las prisiones belgas las tienen exclusivamente en las zonas aledañas a los patios.
Las enfermerías en las prisiones funcionan las 24 horas al día, y los internos pueden acudir a ellas cuando se encuentran indispuestos (salvo por la noche, que el sistema médico demora en responder)
• ¿La comida es suficiente y de buena calidad?
R: Existen en las prisiones españolas tres tipos de comida: la ordinaria compuesta de un primer plato, un segundo y postre, la de dieta sin grasa ni sal y la musulmana, todas con tres platos y una calidad buena.
• ¿Existen bastantes ocasiones para la recreación y las actividades?
R: Salida semanal al Polideportivo (gran diversidad de deportes) por 2 horas, al sociocultural a clases y espectáculos, estudios y cursos diversos, patio al aire libre para pasear o realizar alguna actividad deportiva modular, la misa dominical, etc.
• ¿Existe la posibilidad de que los implicados queden encerrados en una celda de aislamiento?
R: Si cometen alguna infracción en prisión (pelea, drogas, etc.), sí, como cualquier otro preso; en caso contrario, a no ser que sea preso FIES, no.
• ¿Pueden verse confrontados con la violencia de codetenidos o hasta del personal de la cárcel?
R: Si se implican en alguna pelea, sí, en caso contrario la pregunta carece de sentido.
• ¿Con qué régimen de visitas contarán?
R: Como las de cualquier otro interno: una visita semanal por cristales de 40 minutos, 2 vis a vis mensuales de 1 hora y ½ (uno íntimo y otro familiar) y las visitas de los abogados.
• ¿Se les aplicará un procedimiento normal o extraordinario?
R: Eso lo decidirá el Juez Instructor, pero como somo una República Bananera, seguro que el procedimiento extraordinario (nuestra respuesta irónica)
• ¿Se juzgará en un Tribunal ordinario o en la Audiencia Nacional?
R: Dependiendo de lo que estipule el Juez Instructor a la llegada de los imputados o de las diversas variables del proceso.
Como verán, una batería de preguntas propias de jueces necesitados de protagonismo y deseos de rizar el rizo con España, cuando no lo rizan con la Administración Penitenciaria de su país, Bélgica.