Submitted by jorge on Tue, 05/07/2016 - 06:51
Siempre decimos que en la cárcel pagan condena personas que no debería estar ahí y, otras, aparentemente ejemplares e inmaculadas y viviendo en libertad, son las que tendrían que ir a prisión.
Una vez dentro de la cárcel, también hay que distinguir el tipo de delito por el que cada cual cumple condena: no es lo mismo alguien que ha robado, que ha estafado a una entidad financiera o que ha trapicheado con papelinas debido al enganche propio, que un delincuente sexual, un asesino o un terrorista con delitos de sangre, NO.
Y en el caso que nos atañe, la sentencia de 20 años de prisión y el pago de una multa de 120.000 euros a una pareja por maltratar a un niño de 3 años que cuidaban por una larga temporada –la madre había sido expulsada de España pero pagaba mensualmente el cuidado de su hijo-, y que después de meses de palizas, quemaduras, golpes y otras agresiones llevaron al menor a la muerte, no solo nos parece bien, sino, quizás, escasa en el tiempo.
Porque como siempre insistimos, la violencia llevada a cabo contra seres indefensos, máxime, en el caso de bebés y menores, y su posterior asesinato es de las acciones más aborrecibles que existen en nuestra sociedad, y aquí no se pueden aplicar paños templados.