Submitted by jorge on Tue, 02/10/2018 - 06:45
Nos alegra saber que lo que antes era una simple falta y que en la mayoría de la ocasiones no terminaba ni siquiera en Multa, ahora se castiga con penas de cárcel.
Ya hemos podido ver en vídeos, de esos que denominan virales, a energúmenos maltratando, torturando y llevando a la muerte a mascotas y otros animales, pero de un tiempo para acá, ese tipo de acciones ya no se pasan por alto y se penan con meses o años de prisión.
Este es el caso de una mujer residente en Almería a la que el Juzgado de lo Penal nº 1 de dicha ciudad ha condenado por un delito de Maltrato Animal, de acuerdo al artículo 337 del Código Penal, a 3 meses de prisión y a la inhabilitación de 1 año para el ejercicio de su profesión relacionada con animales.
Se ha podido demostrar que esta mujer, que tenía un perro de la raza Yorkshire Terrier, lo mantuvo en casa sin prestarle ninguna condición mínima de mantenimiento, por lo que el animal padecía deshidratación severa, caquexia, mal estado general, distenia y ataxia, motivo por el que falleció después de que una empresa de recogida de animales se lo llevara.
Pero lo más llamativo es que la Policía, después de la denuncia que interpuso la empresa sobre el estado del perro post mortem, encontró en la casa de la mujer el cadáver de otro perro que había servido de alimento al Yorkshire.
Creemos que este tipo de personas no solo deben ser condenadas a Multas económicas importantes, sino asimismo, a realizar trabajos en favor de la Comunidad, en este caso, en una perrera municipal durante un lago tiempo.
Creemos que 3 meses de prisión apenas provocan reacción en las personas condenadas, no así una importante Multa económica y trabajos durante un largo tiempo en lugares que, de seguro, rechazarán de plano.