Submitted by jorge on Tue, 15/09/2015 - 06:35
Suena a broma, pero no lo es.
Acosar a tu ex pareja por medio del teléfono de manera reiterada puede conllevar pena de cárcel, máxime, si ya has sido condenado con anterioridad por malos tratos o algún hecho similar.
En el caso que nos ocupa, un rumano anteriormente condenado en España por malos tratos y obligado durante al menos dos años a mantenerse distante y no contactar con su ex pareja, quebrantó esta orden llamándola de manera reiterada durante un tiempo y hasta 60 veces en un mismo día para amenazarla de muerte.
Será condenado de nuevo y en esta ocasión con el agravante de la reincidencia, por lo que probablemente entrará en prisión.
Este tipo de condenas, no tan habituales pero muy comunes en cuanto al hecho en sí, no se deberían considerar baladís, dado que la amenaza telefónica no hace más que constatar que existe un peligro, posiblemente, real y que con facilidad traspasará el ámbito de las puras palabras a través del hilo a una violencia física evidente.
Después veremos cómo se comporta con sus compañeros de un patio carcelario: habitualmente con el rabo entre las piernas.