Submitted by jorge on Wed, 20/05/2020 - 06:26
Estos 2 meses que llevamos recluidos los españoles de manera forzosa, han provocado innumerables quebrantamientos de la orden de Confinamiento, y decenas de discusiones y riñas de esos ciudadanos díscolos con los agentes de los Cuerpos de Seguridad de Estado, ya fuera Guardia Civil, Policía Nacional o Policías locales.
De ahí que se hayan generado cientos de resoluciones judiciales relacionadas con esos casos, unas que terminaron por la vía administrativa con Multas sin más y otras que pasaron al ámbito Penal y que derivaron en sentencias con Multas económicas y/o Penas de Prisión.
En los casos más graves, ha sido la Fiscalía la que ha llevado a Juicio a los imputados por sobrepasar el listón de la desobediencia administrativa para entrar en un delito de Desobediencia Grave a la Autoridad, reflejado en el Código Penal en el art. 556.1 y que condena con 3 meses a 1 año de Prisión o Multas de 6 a 18 meses.
Derivado de ello, se han llevado a la práctica algo más de 100 Juicios rápidos, una mínima parte de las Multas dictadas en su momento por los agentes involucrados, con sentencias condenatorias en la mayoría de los casos y alguna que otra absolución, repartiéndose por partes iguales las Multas y las Condenas a Prisión, aunque en muchas de las condenas se dejaba en suspenso la entrada en la cárcel o se sustituía por Trabajos en Beneficio de la Comunidad.
En algunas absoluciones, el acusado adujo que no tuvo en cuenta el Confinamiento debido a la mala interpretación del Decreto, en otras, se liberaba al condenado por ser indigente y así, en cada caso los Jueces analizaron las diversas motivaciones que llevaron a estos ciudadanos a contravenir las órdenes.
Aportaciones de los agentes como las siguientes, eran las habituales en la mayoría de los casos, “con su conducta, el acusado pudo generar un riesgo para terceras personas al transitar por la vía pública y utilizar el transporte público sin causa justificada” o “el acusado ha obligado a actuar en, al menos, en 7 ocasiones anteriores a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad»; también, «se le vuelve a indicar que los artículos que porta no son de primera necesidad y que debe volver a casa, ella responde que no se va a casa porque no le da la gana” y otras de índole similar, son las motivaciones de las detenciones en horas restringidas.
Para los más de 47.000.000 de habitantes que vivimos en España, esta media de desobediencia es más que aceptable, creemos que excelente.