Submitted by jorge on Tue, 25/10/2016 - 06:48
Hasta ahí podemos aceptar pulpo como animal de compañía, pero si el interno pide una autorización para mantener una entrevista con un periodista, en muy raras ocasiones le es autorizada por I.I.P.P., con el pretexto de que "hay que preservar la intimidad de los internos".
¡Patrañas!
Lo que no desea el Ministerio del Interior a través de este organismo penitenciario es que lo que ocurre en las prisiones salgan a la luz pública y los altos cargos de la misma tengan que dar explicaciones molestas.
O sea, que a un interno de la cárcel de Córdoba lo sancionan con una falta grave por solicitar una visita con dos “amigos” que en realidad eran periodistas que realizaron una entrevista al susodicho, pero si hubiera pedido la autorización para dicha visita le hubiera sido denegada, ¿no?
La pescadilla que se muerde la cola: si lo haces de manera subrepticia te sancionan y, si lo tratas de llevar a cabo de manera legal, lo deniegan.
¿Qué hacer?
Ni corto ni perezoso el preso ha recurrido la sanción grave (habitualmente este tipo de parte se paga con unos días de aislamiento, prohibición de ir a pasear y a actos, además de enmarronarte el historial penitenciario) ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que le ha dado la razón a medias –ha eliminado la sanción-, pero sin entrar en el fondo de la cuestión sobre la vulneración de las libertades y derechos fundamentales del interno, ya que tan solo argumenta “que no está bien calificado el hecho”.
Queda claro que I.I.P.P. no desea airear sus intimidades y el J.V.P., aunque le da un tironcillo de orejas a la institución, no impide con sus argumentos que se vuelva a repetir una acción similar.