Submitted by jorge on Tue, 11/10/2016 - 06:51
Llama la atención que matar por descuido solo acarree una “pena de 16 meses de multa a razón de 10 euros diarios a los familiares de la víctima”.
Pero así suelen terminar las condenas contra el personal médico o sanitario en general que, por descuido, negligencia, desconocimiento o cualquier otro concepto, mata a un paciente.
El corporativismo existente en dicha profesión es tan notorio, que rara vez son condenados a penas de prisión dichos profesionales porque se les muera un paciente por los motivos antes expuestos.
En este caso, dos enfermeros del Hospital Infanta Cristina de Parla, suministraron a una paciente diagnosticada de disnea un suero salino en lugar de lo prescrito por los médicos, una "infusión de varios frascos de suero glucosado al 20% con insulina".
Pero como el personal que almacenó los frascos equivocó la posición de los mismos, estos enfermeros tomaron los frasquitos y, sin comprobarlo, le chutaron a la paciente una bomba de relojería que la llevó a la muerte.
Pues nada, “qué perdonen los familiares de la difunta, que nos hemos despistado, pero que no volverá a ocurrir”, y así, se han quedado más anchos que largos, y apenas van a sentir la multilla de 10 euritos por día que han de pagar a esas familias.
Y ahí se queda la cosa.