Submitted by jorge on Wed, 20/01/2021 - 06:45
No es extraño encontrarnos con casos de deportistas famosos que entran en prisión por cometer algún tipo de delito y, parece ser, que el tema de los futbolistas da mucho de sí.
Lo habitual es que los futbolistas cumplan condenas sin entrar en prisión por pactarse previamente la pena, y suele tratarse de delitos fiscales, penas que suelen llegar a los 2 años para evitar la entrada en la cárcel y al pago de cuantiosas multas económicas además de abonar lo defraudado.
Pero de cuando en cuando aparecen algunos que son condenados por delitos diferentes de los fiscales, como es el caso de 2 jugadores del Eibar, Enrich y Luna, que en 2016 tuvieron relaciones sexuales al tiempo con una mujer, acción que grabaron en vídeo y difundieron por la Redes Sociales.
Por ello, el Juzgado de lo Penal nº 3 de San Sebastián, les condena a cada uno a 2 años de prisión y 100.000€ de multa por un delito de Descubrimiento y Revelación de Secretos Personales por difundir un vídeo íntimo de manera abierta.
El tercero que participó en dicho “juego” aunque solo fue difusor del vídeo, Eddy Silvestre, ha sido absuelto, mientras que a los otros primeros se les rebajó la condena de 5 a 2 años.
La grabación no solo fue realizada sin el consentimiento de la mujer, sino que se propagó por las Redes Sociales, que en el caso de los deportistas de élite, cuentan con miles de seguidores, por lo que la difusión aún es mayor.
Nos parece correcto que se condene a este tipo de “famosetes” que hacen de su capa un sayo y que piensan que la misma fama les otorga patente de corso, pudiendo con ello dañar la reputación de terceras personas, cuando no se aprovechan físicamente de chicas, en ocasiones, menores que, deslumbradas por tener un contacto con un famoso, caen en lo fácil de entregarse.
Se trata de un gran tirón de orejas judicial que provocara que este tipo de personajes aprendan, ya sea por las buenas o por las malas, como es el caso.