Submitted by jorge on Tue, 17/04/2018 - 06:43
El Tribunal Constitucional está atascado, no da abasto…, para lo que quiere, claro está.
Aunque hagan esfuerzos denodados por ventilar temas pendientes -en la mayoría de los casos son Recursos de Amparo-, los integrantes de este Tribunal no logran poner al día sus asuntos.
Aunque tampoco todos estos Recursos campen a sus anchas por estos dominios ni duerman el sueño de los justos, no.
Hay algunos temas que si se resuelven ipso facto, cuando interesa a este Tribunal por motivos varios, entre otros, debido a la presión política o social.
Este es el caso de la resolución de los recursos relacionados con el Procés de Cataluña, donde en cuestión de días y por arte de birlibirloque, quedan solventados.
No ocurre lo mismo con la mayoría de los demás recursos, entre otros, unos transcendentales para nuestra armonía y convivencia social como son los de la Prisión permanente revisable, la LOMCE o Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa o la Ley del Aborto que aún da brincos desde 2010.
La Prisión Permanente Revisable se recurrió ante este Órgano en 2015 por la mayoría de los partidos políticos exceptuando el PP, y aún no tenemos noticias de su resolución.
La LOMCE se recurrió asimismo en 2014 por varios partidos políticos exceptuando el PP y también por algunos gobiernos autónomos: hasta hoy.
Y la Ley del Aborto, recurrida por el PP y apoyado por el Gobierno de Navarra en 2010 para casos de abortos en menores y las semanas de gestación permitidas entre otras. 8 años después, sin respuesta.
Pero lo más penoso se lo llevan los conflictos de competencia y los de los órganos constitucionales, esos que se alargan como chicles a través de los años, como es el caso de las atribuciones entre el Gobierno y el Congreso y algunos otros más.
Si esto ocurre con los Recursos de las Instituciones, qué podemos esperar de los que realizan las personas físicas o pequeñas entidades, que entre el tiempo que demoran en contestar y los costes de mantener un abogado o equipo de letrados pendientes del tema, hace que cualquier hijo de vecino desista de recurrir ante este Tribunal Constitucional.
Solo un colectivo recurría todo ante este Órgano, dado que contaba con el tiempo de espera mientras sobrevivía en prisión y los medios para hacerlo: el colectivo de presos etarras.