Submitted by jorge on Fri, 05/10/2018 - 06:43
No todos somos iguales ante la Ley y menos, si el detenido e imputado pertenece a los Cuerpos de Seguridad de Estado.
Lo que para cualquier civil hubiera supuesto una pena de varios años de prisión, dependiendo de los agravantes y eximentes del caso, para este Guardia Civil que se encontraba en el momento de los hechos en excedencia, la condena ha sido un gran tirón de orejas y poco más.
La historia es la siguiente:
Un agente de la Benemérita, “Evelio” (no se aporta ni el nombre), fue detenido en 2002 con 528 kilos de Hachís en una camioneta y, al día siguiente, encontraron en su coche otros 289 kilos, lo que hace un total de 817 kilos con un valor en la calle de 1.121.659€.
En 2008 un Tribunal Civil le condena por estos hechos a 1 año de cárcel y una Multa de 280.414€, que se podía conmutar por 6 meses de cárcel, por lo que ni pagó ni entró en prisión, ya que no alcanzaba los 2 años de condena y carecía de Antecedentes Penales.
En 2014, desde la Libertad que nunca perdió, el cabo Evelio solicita reingresar al cuerpo de la Guardia Civil tras su excedencia, por lo que los mandos de dicho Cuerpo y el Tribunal Central Militar le abren un expediente disciplinario, del cual resultó aplicarle una sanción de 3 meses sin empleo ni sueldo.
Él, ni corto ni perezoso, recurre esta sanción mínima ante el Contencioso-Administrativo Militar alegando que "se encontraba en excedencia cuando la condena fue firme" y que "la infracción había prescrito", a lo que la Sala Militar del Tribunal Supremo le da la razón en base a que "al cometer el delito contra la salud pública cuando se hallaba ya desvinculado del Cuerpo, no cabe sostener, de acuerdo con la lógica, que el recurrente tuviera conciencia de que lesionaba valores esenciales de un Cuerpo del que se encontraba excedente".
Es decir, que a cualquier ciudadano normal lo pillan con casi 1 tonelada de Hachís y lo enchironan por un largo tiempo, entre 2 y 4 años, quedando marcado y con antecedentes.
Y este cabo de la Guardia Civil, no solo no entra en prisión ni paga su multa, sino que regresa de su excedencia y el Cuerpo le abre las puertas, sin sanciones ni nada que se le parezca.
Una vergüenza para los miles de presos encarcelados por situaciones similares o inferiores que cumplen pena de prisión como cualquier hijo de vecino, sí, mientras el vecino no sea un agente de los Cuerpos de Seguridad del Estado.
https://www.eldiario.es/cv/Supremo-sancion-guardia-pillado-excendencia_0_814368755.html