Submitted by jorge on Wed, 14/11/2018 - 06:45
Se trata de un caso de malos tratos y agresión sexual, aparentemente, cometidos en 2007 por un padre a sus hijas de 3 y 6 años durante el proceso de divorció que llevaba a cabo con su esposa.
La madre, por ello, interpuso una denuncia, tras lo cual, la Justicia impidió que este padre pudiera ver a sus hijas durante 8 años, hasta 2015, cuando ya las niñas contaban con 11 y 13 años.
Ya no lo reconocían y aunque se volvieron a encontrar en varias ocasiones, las menores lo rechazaban y no deseaban permanecer a su lado, por lo que un equipo de psicólogos solicitado por el Juzgado desaconsejó que se volvieran a encontrar.
Ahora, 11 años después de acaecidos los hechos, se descubre que un cúmulo de factores intervino para que este hombre sufriera este distanciamiento de las hijas, ya que durante este tiempo salió a la luz que la denuncia de la madre había sido falsa y que la realizó por despecho y para hacer daño a su exmarido.
Asimismo, la lentitud de los Tribunales que actuaron en el caso fue tal, que provocó esta situación desestabilizadora, por lo que el Consejo de Estado lo indemnizó con 10.000€.
Él recurrió dicha indemnización por no estar conforme con ella y ahora, la Audiencia Nacional lo indemniza con 52.000 euros, ya que como consta en el auto, "la ausencia de cualquier relación entre padre e hijas durante esas edades ha supuesto un coste personal muy elevado para el ahora reclamante: el daño moral que este alega se encuentra, por tanto, suficientemente justificado ya que los daños son difícilmente evaluables".
Los abuelos paternos, que presentaron otra demanda, también fueron indemnizados con 10.000 euros.
Creemos que las falsas denuncias pueden dañar, no solo una relación paterno filial, sino la vida de los involucrados en dicho “juego”, por lo que además de las indemnizaciones, se debería condenar al o la causante de estas situaciones a algún tipo de condena ejemplarizante.
En el caso que nos ocupa desconocemos si la madre fue condenada o no.