Submitted by jorge on Tue, 12/07/2016 - 06:51
El Tribunal Supremo anula por vez primera una sentencia de la Audiencia Nacional que condena al etarra Íñigo Zapiraín a 15 años de prisión por estragos terroristas, y obliga a celebrar de nuevo el juicio, ya que no se tuvieron en cuenta las denuncias de tortura de este miembro de ETA durante el juicio.
Y se trata de una SENTENCIA revolucionaria en el panorama jurídico nacional, dado que se asume por primera vez las pautas marcadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos donde obliga a investigar de manera minuciosa las denuncias de torturas contra detenidos tal y como establece el Convenio Europeo de Derechos Humanos y el Convenio de Prevención de la Tortura.
Los miembros de la Sala de la Audiencia Nacional desestimaron la denuncia de torturas esgrimida por Zapiraín aduciendo que “la prueba era innecesaria e inútil por extemporánea, dado el tiempo transcurrido – más de cuatro años- desde la detención del acusado”.
Esta sentencia marcará un antes y un después en la Jurisprudencia Española, ya que nuestro país ha sido condenado en 8 ocasiones por no investigar torturas denunciadas de manera fehaciente, 7 de las cuales se trataba de casos con imputados de ETA.
Y no es que apoyemos a los investigados de pertenecer a ETA, ni mucho menos, pero estamos radicalmente en contra de que se utilice las tortura, si es que se utiliza, contra los detenidos, sean quienes sean.
Parece ser que nuestras Instituciones se ponen al día o que miembros de dichas Instituciones y con muchos votos en contra, dan pasos valientes a fin de modernizar nuestra Justicia.