Cómo se puede tener tamaña desfachatez, para que los dirigentes más relevantes de la Junta de Andalucía, expresidente y presidente actual, don Manuel Chaves y don José Antonio Griñán, puedan responder a las preguntas de los integrantes de la Comisión de Investigación que indaga el caso de los ERE de esta manera:
“... cuando respondió a la pregunta de IU: «que se enteró del escándalo por la prensa», para luego confesar que mantuvo, «conversaciones informales de café» con algunos de los que fueron sus colaboradores”.
Y todo, por salir airosos de una situación que clama al cielo y que fácilmente podría dar con sus huesos en prisión, eso sí, si se tratara de ciudadanos del común y no de estos próceres de nuestra política: a estos no les tocan un pelo.
Aunque también se podrían librar, si contemplamos las eximentes que a tal respecto observa el Código Penal Español:
CAPITULO II
De las causas que eximen de la responsabilidad criminal
Artículo 20.
Están exentos de responsabilidad criminal:
1.º El que al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión. El trastorno mental transitorio no eximirá de pena cuando hubiese sido provocado por el sujeto con el propósito de cometer el delito o hubiera previsto o debido prever su comisión.
2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión.
3.º El que, por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia, tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad.