Submitted by jorge on Thu, 23/05/2013 - 08:17
Sentencia ejemplar la que ha dictado la Audiencia Provincial de Barcelona, que condena a los padres de dos niñas que sufrieron la ablación residiendo en España.
Doce años a cada uno de ellos por ambas ablaciones, a sabiendas de la prohibición existente en nuestro país al respecto. Ambos son ciudadanos de Gambia, “donde la mutilación genital es una cuestión de tradición, y se practica sin la intención de menoscabar la integridad física o moral de las menores”.
No obstante, sus hijas fueron revisadas en el 2010 por un equipo médico español y no mostraban daño alguno en sus órganos genitales, por lo que el matrimonio tuvo que actuar con posterioridad, conociendo ya las Leyes vigentes en España y no habiendo viajado durante los últimos años a su país de origen.
Y aquí aparecen las dudas que surgieron durante el juicio:
¿Prevalecen las tradiciones de una cultura sobre las Leyes del país de residencia?
¿Esas tradiciones dañan psicológicamente a las afectadas?
¿Deben los extranjeros dejar de lado sus tradiciones?
Esta intervención realizada a unas niñas carentes de poder de decisión y que marcará su vida futura, probablemente residiendo en un país donde las mujeres no son sometidas a esta acción, ¿es lógica y humana?
Pensamos que no.
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/05/22/catalunya/1369229741_819692.html