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MOFARSE PUEDE SUPONER CONDENA EN PRISIÓN

 
Hay solicitudes fiscales y condenas que nos parecen fuera de toda lógica, más propias de una legislación del siglo XIX que una del XXI.
 
Hasta la misma nieta del difunto asesinado por ETA hace la friolera de 44 años está en total desacuerdo con esa petición de 2 ½ de prisión para una tal Cassandra, tuitera de 21 años, por un “delito de humillación a las víctimas y de enaltecimiento del terrorismo”, todo relacionado con unos tuits que colgó en su perfil mofándose de Carrero Blanco y su asesinato.
 
La nieta de Carrero Blanco publicó una carta donde asevera que le "repugna que se intente hacer humor con un asesinato, pero que le asusta aún más una sociedad en la que la libertad de expresión, por lamentable que sea, pueda acarrear penas de cárcel".
 
Puede que Cassandra se burlara de manera poco adecuada en su cuenta de Twitter del asesinato de este señor, pero de ahí a existir la posibilidad que la condenen a una pena de prisión hay una gran distancia, una distancia que no puede franquearse sin caer en una política de represión de la libertad de expresión de una sociedad.
 
Para “delitos” de esta índole -si es que la mofa, insulto o desatino pudiera contemplarse bajo el epígrafe de delito penal-, existen las multas o trabajos en beneficio de la comunidad, mucho más productivos y sin la espada de Damocles colgando sobre la cabeza del condenado.
 
Por esta regla de tres tendrían que enviar a prisión a todos los humoristas satíricos, bufones o declamadores públicos que de continuo atacan con sus afiladas palabras o letras a otras personas, vivas o muertas.
 

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