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LA LUCHA DE UN HOMBRE POR LOS DERECHOS DE LOS HUÉRFANOS DE LA VIOLENCIA

 
Hasta que el Juez de lo Social nº 3 de Almería, Juan Carlos Aparicio, sentó un precedente que forzó a cambiar la Legislación, los hijos de las Víctimas de Género asesinadas, siempre y cuando el progenitor siguiera vivo aunque fuera en prisión, no eran considerados huérfanos y por lo tanto, solo accedían a cobrar el 20% de la pensión de orfandad, por lo que quedaban, además de sin madre y con un padre asesino en la cárcel, desprotegidos social y económicamente.
 
Y fue este Juez de lo Social el que sentó Jurisprudencia al respecto y por pura casualidad, ya que en el año 2013 llegó a sus manos un caso que había causado una gran alarma social:
 
Un hombre de 42 años asesinó a su mujer a puñetazos por solicitar ésta el divorcio. Fue condenado a 23 años de prisión, perdiendo la patria potestad de su hija de 13 años que quedó bajo la responsabilidad de la tía.
 
Hacienda solo le concedía le 20% de la pensión por encontrarse su padre vivo –han de estar ambos progenitores muertos para que los hijos acceden al total de dicha pensión-, por lo que su tía reclamó al Instituto Nacional de la Seguridad Social la pensión de orfandad absoluta.
 
Pero la Legislación avalaba la postura del Ministerio de Hacienda, motivo por el cual y, ante la injusticia de esta situación, el Juez encontró la manera de sentar un precedente:
 
Demostró que la niña había perdido a su madre y que carecía de padre, ya que si bien éste era su padre biológico, nunca había ejercido la función de padre real -no se había preocupado de la niña, ni de sus estudios, ni de recogerla en el colegio, ni llevarla al médico cuando estaba indispuesta y mucho menos de conocer su día a día, motivo por el cual, se constató que su actividad como padre durante la vida de su hija había sido nula y que solo la madre había ejercido dicha función.
 
A la niña le concedieron la pensión de orfandad absoluta y la Ley contra la Violencia de Género, que se había gestado en el año 2004 hasta el 2015, cuando se introdujo la última reforma al texto, modificó sus criterios.
 
Este tipo de profesionales deberían ser lo común y no la excepción.
 

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