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¡OJO!, CON LOS RECURSOS DE CASACIÓN

 
Lo habitual es que a una persona juzgada y a que le hayan comunicado una sentencia elevada en años, utilice el recurso de casación ante el Tribunal Supremo como la panacea, como la pildorita que posiblemente reduzca su condena y que, en caso de encontrarse en Libertad, alargue durante un tiempo más esa “Libertad Prestada” hasta que resuelva el Tribunal dicho recurso.
 
Craso error.
 
Cuando nos preguntan sobre si recurrir o no una sentencia, insistimos en que revise el o los delitos por los que ha sido condenado, valore los eximentes y los agravantes y, si la sentencia está ajustada a derecho, entre a cumplir lo antes posible y no dilate el tiempo con recursos ni vericuetos jurídicos a fin de retrasar la entrada.
 
¿Y POR QUÉ?
 
Porque no es habitual que el Tribunal Supremo, salvo casos puntuales, rectifique una sentencia anterior.
Porque si la modifica, puede rebajar los años de condena, pero también puede aumentarlos –o si no, analicen la segunda sentencia y su respetivo recurso de casación de Mario Conde, que de los 10 aumentó a 20 años la condena-.
Porque es mejor entrar de una vez, no vaya a cambiar la “moda” y el delito por el que le condenan esté en auge y sea más complicado lograr los beneficios penitenciarios esperados -y sino que se lo digan a Carlos Fabra, que en la época que lo condenaron hubiera entrado en prisión y a los pocos meses hubiera sido progresado a 3º grado, dada la escasez de políticos imputados y lo laxo de la Leyes para ellos en ese momento y no como le ocurrió con posterioridad y después de innumerables recursos, que cuando le tocó entrar a cumplir, los políticos SÍ entraban a prisión y cumplían su condena-.
El tiempo de espera del recurso, entre los 6 meses y 2 años, se hace interminable y, el preventivo, aunque esté en Libertad, se encuentra en una “Libertad Encorsetada” a la espera de entrar, sin disfrutar de la vida ni dejar vivir a los suyos.
Ante la Junta de Tratamiento de la prisión donde vaya a cumplir, se estudiaran los beneficios penitenciarios del condenado con más “alegría” cuanto antes entre a cumplir y lo haga por su propio pie.
Económicamente, estos recursos son un gasto adicional al ya abultado montante que se ha embolsado el letrado en la fase de instrucción y juicio. Y los abogados de este tipo de personajes no llevan estos recursos por minucias; suelen cobrar cantidades considerables.
Y, por último, cuanto antes afrontes tu situación antes te la quitas de encima.
 
Ahora, para Iñaki Urdangarín, Diego Torres y Jaume Matas la Fiscalía ha solicitado un aumento de sus penas:
 
Iñaki Urdangarín: de 6 años y 3 meses a 9 años y 6 meses.
Diego Torres: de 8 años y 6 meses a 12 años y 10 meses.
Jaume Matas: de 3 años a 4 años y 8 meses.
 
Como verán, una píldora envenenada para los 3 recurrentes por una diferente interpretación de los delitos por parte de la Fiscalía del Tribunal Supremo.
 
Un pura ruleta rusa la de los Recursos de Casación.
 

Mapa penitenciario

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