Submitted by jorge on Fri, 20/12/2019 - 06:45
Una de estas noticias de viernes y, por ende, de época navideña, por lo satisfactoria y positiva que resulta.
Un matrimonio de pensionistas de Gijón, donde él cuenta con una pensión por una Incapacidad Permanente Absoluta con la que se mantienen él, su mujer, un hijo y la madre de él, se había endeudado en 153.000€ a los que ya no podía hacer frente por su misma incapacidad para trabajar.
Como no llegó a un acuerdo amistoso con los proveedores a los que debía el dinero, acudió a un abogado que le aconsejó que, dada su insolvencia, acudiera a la Ley de Segunda Oportunidad para instar así el Concurso de Acreedores, tras lo cual, el Juez de 1ª Instancia nº1 de Gijón, acordó exonerar la deuda ya que como se cita en el auto, “concurrían los presupuestos requeridos al ser el deudor una persona física, concluir el concurso por insuficiencia de masa activa, su carácter fortuito y la ausencia de condena penal en los 10 años anteriores a la declaración de concurso”.
El Juez estimó que con la pensión de incapacidad del marido y el núcleo familiar que se mantenía con dicha pensión, era imposible que el matrimonio pudiera devolver dicho dinero, por lo que tomó esta decisión salomónica.
Por fin, después de años de sufrimientos, estas personas pueden volver a vivir en unas condiciones dignas y sin la espada de Damocles de la deuda encima de sus cabezas.
Nos parece una decisión acertada y valiente por parte de este Juez y, en casos similares, siempre se debería aplicar.
https://www.20minutos.es/noticia/4089037/0/juez-retira-deuda-matrimonio-pensionista/