Submitted by jorge on Wed, 04/11/2020 - 06:45
Existen herramientas de comunicación que son aceptadas y utilizadas por la sociedad por su eficacia y aparente inocuidad a la hora de vulnerar los derechos fundamentales de sus usuarios, aunque no sea oro todo lo que reluce.
Otras, desde un comienzo, ponen en estado de alerta no solo a los ciudadanos del común que en realidad no perciben la peligrosidad dado su desconocimiento del medio, sino a los expertos en este tipo de productos y, también, a Autoridades diversas.
Este es el caso de un nuevo programa, Zoom -en realidad no es nuevo ya que se creó en 2011 por Eric Yuan en California, Estados Unidos- y que se ha dado a conocer de manera planetaria y en especial, en España, a partir de finales del primer trimestre de este año y en pleno Confinamiento, ya que solventaba una comunicación trascendental en la programación de videollamadas y reuniones virtuales privadas, empresariales y gubernamentales, tan necesarias en este año de Pandemia.
Cualquier soporte electrónico como los teléfonos móviles, las tablets y los ordenadores sirven para efectuar estas transmisiones y las posibilidades de unir a un gran grupo de personas a través de una conexión es un concepto novedoso y necesario.
Sin embargo, al poco de hacerse popular a nivel mundial (su uso se incrementó desde marzo de 2020 de los 10 millones de usuarios a más de 300 millones a principios de mayo), las prohibiciones para su empleo se hicieron extensivas tanto en países como Reino Unido, Taiwan, India…, como en empresas multinacionales tales como Space X, Bank of América, Daimler, etc., debido a los Riesgos de Privacidad y Seguridad que su utilización conllevaba.
Su versión gratuita es la que más riesgo infiere, mientras la de pago cuenta con ciertas protecciones, no por ello exentas de vulneración.
Debido a ello, este sistema ha creado un nuevo concepto llamado “Zoombing”, y que no es otra cosa que un “secuestro” de las videollamadas y videoconferencias que pueden ser vendidas o utilizadas de manera fraudulenta por terceros.
En Estados Unidos, la Fiscalía de Nueva York abrió una investigación sobre la Seguridad y Privacidad del Zoom, mientras aquí, en España, la Asociación para la Prevención y Estudios de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) y cuyo Presidente y Perito experto en este tipo de delitos es Miguel Gallardo, asegura que “Zoom está penetrando, parasitando la ingenuidad y la necesidad al mismo tiempo de los sistemas judiciales de todo el mundo. Los juzgados están utilizando la aplicación: conecta a abogados y a partes que comparecen ante jueces. Pero la compañía ve todo de todos, ya que cuando algo es gratis, el producto eres tú».
También hace hincapié en lo referente al mundo judicial, en que las personas tengan el derecho de comparecer telemáticamente a las vistas públicas, aunque también mantengan la opción de hacerlo de manera personal garantizando su seguridad ante el Contagio, no pudiendo ser la opción telemática obligatoria ni tampoco denegarse sin motivo alguno.
Insiste en la necesidad de que se creen plataformas oficiales -que por el momento no existen- para dar una cobertura de seguridad a las videollamadas y reuniones virtuales que cumplan con dichas medidas tales como la Privacidad, Protección de Datos, Confidencialidad de ambas partes…; mientras, se seguirán utilizando las existentes como las de Google, Microsoft, etc.
Claramente queda al descubierto que todos estos sistemas de comunicación son desde todo punto de vista inseguros y abiertos y en los medios judiciales, aunque muy necesarios, aún carentes de la seguridad propia que necesitaría la Justicia.