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YA NO SE “DEBE” QUEMAR LA BANDERA DE ESPAÑA

 
El que pensaba que quemar la bandera de España no le iba a reportar mayor problema que un tirón de orejas judicial por tratarse de una manera de exponer su “Libertad de Expresión”, se equivoca, y ojo a navegantes, porque el Tribunal Constitucional sentencia que realizar este acto supone un delito de Ultraje a la Bandera. 
 
Si bien el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dio un toque de atención a la Justicia Española en 2018 por la condena a 2 jóvenes que habían quemado una foto del Rey y habían sido condenados al pago de una Multa, obligando al Estado Español a indemnizar a estos jóvenes, en esta ocasión el TC hace caso omiso a la opinión del TEDH y por una diferencia de 6 magistrados a favor y 5 en contra, desestima el Recurso de Amparo de Pablo Fragoso, dirigente sindicalista gallego que durante una manifestación llevada a cabo en 2014 frente a la Armada y en protesta por un conflicto laboral, instó a quemar a gritos "aquí tenéis el silencio de la puta bandera y hay que prenderle fuego a la puta bandera”, y da la razón al Juzgado de los Penal 1º de Ferrol, A Coruña, que lo condenó a pagar una multa de 1.260 euros, sentencia que fue ratificada por la Audiencia Provincial de A Coruña.
 
El fallo del Tribunal Constitucional hace hincapié en que “las expresiones fueron innecesarias para las reivindicaciones salariales que Fragoso, como representante del sindicato estaba defendiendo y, además, no guardaban relación con dichas reivindicaciones, ya que estas expresiones fueron realizadas al margen y sin el amparo de los derechos fundamentales invocados, por lo que rechaza que se hayan vulnerado las libertades de expresión e ideológica del sindicalista”.
 
El sindicalista, no obstante, siempre ha negado que emitiera dichas proclamas y que fueron una invención del Jefe del Arsenal Militar, aunque parece ser que esta afirmación no ha sido tenida en cuenta por el Alto Tribunal y la condena es firme.
 
A partir de ahora, antes de actuar, ha de sopesarse lo que se exprese o realice en relación a los signos nacionales, ya que las recomendaciones y toques de atención del Tribunal de Estrasburgo son eso, toques de atención y no siempre se ajustan a lo que dictan otros tribunales fuera de los nacionales.

https://www.publico.es/politica/tribunal-constitucional-senala-quemar-bandera-delito-y-no-libertad-expresion.html

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