Submitted by jorge on Wed, 30/12/2020 - 06:45
Nuestro ya más que conocido Coronavirus irrumpió en nuestras vidas a finales del 2019, pero realmente se posicionó a partir del 14 de marzo de este año, cuando el Gobierno implantó el 1º Estado de Alarma, restringiendo la movilidad en base a un Real Decreto 463/2020 en el que se imponían unas reglas y normas a seguir durante ese tiempo.
Entre otras, se restringía la libertad de circulación de los ciudadanos, salvo excepciones, como acudir al lugar de trabajo, comprar en el supermercado, ir a la farmacia, atender a personas dependientes, repostar en las gasolineras, etc., sancionándose a los que por otros motivos fueran detenidos por Agentes de la Guardia Civil y no contaran con una justificación plasmada en los motivos anteriormente descritos.
En este 1º Estado de Alarma que se prolongó hasta el 21 de Junio, los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado impusieron más de 1.000.000 de propuestas de sanción por desplazamientos injustificados y que partían con un montante mínimo de los 600 euros en adelante, además de practicar más de 9.000 detenciones a los que se saltaron el Confinamiento.
Desde un primero momento los Magistrados, Jueces y Abogados pusieron en duda la validez de estas sanciones por la ausencia de un marco legal, por lo que de acuerdo a su opinión, eran ilegales, como por ejemplo, el hecho de que la multas incluidas en la Ley de Seguridad Ciudadana no se podían imponer a las personas que desobedecían las indicaciones del Estado de Alarma si no se resistían a obedecer una orden expresa e individualizada realizada por un Agente de la Autoridad, ya que solo así se les podía sancionar.
Por ello, durante los últimos meses, varios Juzgados de diversas provincias han anulado sanciones impuestas a ciudadanos “cazados” mientras deambulaban por la vía pública sin justificación aparente.
Juzgados como el de León, Lugo y Valladolid han dejado sin efecto multas del tipo de, una persona que se había dirigido al banco para sacar dinero y realizar una compra, u otra que se le impuso a un ciudadano que se encontraba en una gasolinera, y otras tantas, para lo que los Juzgados, entre otras, aseguraban que “no consta que el recurrente hubiese incumplido mandato u orden alguna de los agentes de la Policía Local” o “no ha existido una orden dictada por los agentes de la autoridad que impusiera al recurrente una conducta activa, como podría ser que regresara a su domicilio en el momento en que fue interceptado”.
Así, uno a uno, se van desmontando los expedientes sancionadores, en muchas de las ocasiones injustificados o basados en unas órdenes y reglamentos no suficientemente aclarados.
Cuando las Leyes se imponen con prisas y sin un buen marco legal establecido, ocurre lo que ocurre y el castillo de naipes cae por su propio peso.